
DIVERSOS
Seguros
el Potosí asume los riesgos de sus asegurados, los
auxilia en la prevención de siniestros, coadyuvando así
en la protección de su patrimonio para que las personas,
familias y negocios se dediquen a sus actividades con el respaldo
de esta gran compañía.
SEGURO
DE CALDERAS
Un
recipiente cerrado en el cual se calienta o se convierte el agua
u otro liquido en vapor, por medio de calor generado por cualquier
combustible o por electricidad. Este seguro comprende cualquier
equipo auxiliar de las calderas o recipientes asegurados, que se
encuentran en la estructura de los mismos, incluyendo los conductos
de gases hasta su descarga en la chimenea y se extiende a la tubería
de alimentación entre las bombas de alimentación,
los inyectores, las calderas y recipientes, a toda la tubería
de salida de vapor de las calderas, hasta válvula mas cercana
incluyendo la válvula.
Este seguro cubre cubre la rotura, explosión, deformación,
agrietamiento y quemadura súbita y violenta de cualquier
parte de la caldera o recipiente, causada por presión de
vapor agua u otro líquido dentro de la misma.
SEGURO
DE ROTURA DE CRISTALES
Seguro
que ampara los daños a los cristales asegurados y el costo
de instalación, causados por rotura accidental o por actos
vandálicos.
ROBO
CON VIOLENCIA
Seguro
que ampara bienes contra perdidas o daños materiales que
resulten a consecuencia de robo con violencia y/o asalto.
También cubre aquellos artículos no necesarios al
giro del negocio asegurado.
SEGURO
DE ROTURA DE MAQUINARIA
Este
seguro inicia su protección una vez que los bienes asegurados
hayan sido montados en el periodo descrito en la póliza y
concluidas satisfactoriamente sus pruebas de operación por
primera vez.
La cobertura no se interrumpe, cuando los bienes se encuentren fuera
de servicio o en periodo de revisión, reparación mantenimiento
o traslado del predio mencionado.
Este seguro cubre los siguientes riesgos:
Impericia, descuido o sabotaje, la acción directa de la energía
eléctrica, corto circuito, errores de diseño, defectos
de mano de obra, fuerza centrifuga, introducción de cuerpos
extraños en los bienes asegurados.
SEGURO
DE EQUIPO ELECTRÓNICO
Un
seguro de tipo contra riesgos diseñado específicamente
para cubrir equipos e instalaciones electrónicas, así
como de manera extensiva aquellas instalaciones electromecánicas
correlacionadas ( instalaciones de acondicionamiento de aire, sistemas
no break, moto generadores eléctricos de emergencia ) .
¿Qué se puede asegurar?
Sistemas de informática, instalaciones de procesamiento de
datos, computadoras para procesos industriales, unidades de toma
de datos, unidades de procesamiento de datos, mini computadores,
instalaciones de telecomunicación, instalaciones telefónicas,
teleimpresores, instalaciones electro acústicas, radiocomunicación,
antenas de televisión, equipos médicos, copiadoras,
medicina nuclear, simuladores de vuelo, sistemas de satélite
etc.
El seguro de equipo electrónico comprende toda la instalación,
y sus instalaciones de climatización de energía eléctrica
y la red de tuberías tendidas en salas puede incluirse dentro
de la cobertura las líneas aéreas y los cables subterráneos.
DINERO
Y/O VALORES
Seguro
que ampara dinero en efectivo, en metálico o billetes de
banco, valores y otros documentos negociables, pero no limitados
a: letras de cambio, pagares, cheques, acciones, bono financieros,
hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, todo propiedad
del asegurado o bajo su custodia, hasta la suma asegurada.
SEGURO
DE OBJETOS PERSONALES
Esta
póliza cubre objetos de uso personal, siempre y cuando estén
comprendidos en relación anexa a la presente, se encuentren
fuera del domicilio indicado en la carátula de la misma y
sea propiedad del asegurado o de algún miembro de su familia
que habite permanentemente en su misma casa.
Este seguro cubre los bienes específicamente señalados
como asegurados, contra pérdidas ( robo con violencia ) o
daños materiales que sufran en forma accidental, súbita
e imprevista.
La presente póliza sólo surtirá efecto por
pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro
de los límites territoriales indicados el la carátula
de la misma.
SEGURO
DE INTERRUPCION FÍLMICA
La
póliza de indemnización a productores cinematográficos,
está destinada a cubrir la pérdida pecuniaria sufrida
por el asegurado, como consecuencia directa de la interrupción
o suspensión temporal o definitiva de la filmación
de la película que es objeto del seguro, debida la incapacidad
física temporal o definitiva de uno o más de los artistas
o técnicos mencionados en la póliza y siempre que
esa incapacidad provenga de accidentes o enfermedades.
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