Accidente:
Acto u hecho que se deriva de una causa violenta, súbita, externa e involuntaria que produce daños en las personas o en los bienes.
Agente de Seguros:
Persona física o moral independiente que desempeña una labor de intermediación entre las compañías aseguradoras y los consumidores que demandan los servicios de protección mediante una póliza de seguros.
Agrietamiento:
Formación de grietas o aberturas en una superficie o estructura.
Aguas freáticas:
Agua existente en el subsuelo, formada al filtrarse el agua superficial de lluvia u otras causas.
Alta:
En general, es sinónimo de incorporación.
Antenas de uso doméstico:
Son aquellas que se utilizan para casa habitación; como por ejemplo antena de televisión, de radio aficionado, de banda civil, de televisión por señal satelital.
Aparatos electrónicos:
Aparatos eléctricos o electrónicos destinados y diseñados para uso doméstico, tales como: aparatos de sonido, aparatos de video, bombas de agua eléctricas, aparatos de cocina, aparatos de computación, etc. Por lo tanto, cualquier aparato con uso o diseño distinto al doméstico se encuentra excluida en esta definición.
Área común:
Son aquellas áreas para uso de la comunidad (jardines, escaleras, pasillos, etc.) son áreas propiedad y responsabilidad de todos los condóminos en la parte proporcional que les corresponda.
Arrendatario:
El que recibe un bien en arrendamiento.
Artículos deportivos:
Son objetos manuales del asegurado que utiliza en forma personal, para ejecutar algún ejercicio.
Asalto:
Ataque repentino con uso de violencia física o moral que se hace contra un individuo con la intención de robar sus bienes.
Asegurado(a):
Es la persona que mediante el pago de la prima tiene derecho al pago de las indemnizaciones a consecuencia de una pérdida por la realización de una eventualidad amparada por el contrato de seguro.
Aseguradora:
Empresa constituida legalmente, que asume o toma riesgos ajenos a cambio de una prima correspondiente a través de un contrato denominado póliza de seguro.
Asistencia o servicio:
Significa la acción de enviar a un técnico especializado al domicilio del asegurado para atender su requerimiento de alguno de los servicios de asistencia en el hogar servicios de emergencia, siempre y cuando se encuentre amparada por la póliza.